miércoles, 3 de diciembre de 2008

PROCESOS DEL DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y CONTROL DE ESTUDIOS

RETIRO DE ASIGNATURAS

Solicitar el formato correspondiente al Retiro de Asignaturas, en las primeras SEIS (6) SEMANAS de haberse iniciado cada Período Académico Ordinario y en el caso de Período Académico Extraordinario lo establecido en el Reglamento.
Suministrar toda la información requerida en el formato RETIRO DE ASIGNATURA.
Si la asignatura que retira es Teoría o Requisito de otra (se cursan en Paralelo), automáticamente el sistema retirará el Laboratrio y/o las materias correspondientes.
El alumno que retire la materia que esta en régimen de repitencia se le retirará todo el semestre.
En caso de retirar todo el semestre, el alumno debe solicitar la planilla de Reincorporación y/o Reingreso, durante las primeras trece (13) semanas de haberse iniciado un Período Académico Ordinario.
El estudiante que cometa cualquier error u omisión en el formato de Retiro de Asignatura, le será inválida.
El estudiante deberá conservar el duplicado del formato como comprobante de su Retiro de Asignatura, para cualquier reclamo ante D.A.C.E.


REINCORPORACIÓN Y/O REINGRESO

Elaborar una comunicación escrita solicitando la Reincorporación y Reingreso; el estudiante tendrá las primeras TRECE (13) SEMANAS de haberse iniciado el Período Académico Ordinario, para realizar dicho proceso.
Para ello el estudiante deberá cancelar a nombre de D.O.B.E., en la Cuenta Corriente Nº 01020245160000054878 del Banco de Venezuela, la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs. 500,00).
Aquellos estudiantes que por Reglamento de Repitencia estén fuera un (1) o más semestres, asi como también aquellos que hayan retirado todo el semestre regular, están en la obligación de solicitar su Reincorporación y/o Reingreso.
La Reincorporación y/o Reingreso será aprobado para el Período Académico Ordinario siguiente de haberla solicitado. NO se aprobará esta solicitud para un semestre intensivo.


PRUEBA EXTRAORDINARIA O DE SUFICIENCIA

Elaborar una comunicación escrita solicitando la Prueba Extraodinaria o de suficiencia, el estudiante tendrá las primeras DOS (2) SEMANAS de haberse iniciado cada Período Académico Ordinario.
Suministrar toda la información requerida en el formato PRUEBA EXTRAORDINARIA O DE SUFICIENCIA.
El estudiante deberá reunir los siguientes requisitos:
Para solicitar la Prueba no debe haber inscrito ni cursado, en ningún Período Académico la asignatura que aspira presentar.
No pueden solicitar la Prueba, aquellos estudiantes que estén en Régimen de Repitencia, es decir, Nueve (9) unidades de Créditos, Estudios Especiales o Fuera por Repitencia.
Solamente podrán solicitar Dos (2) asignaturas por Período Académico Ordianario. en ningún caso se otorgarán estas pruebas en semestres extraodinarios o intensivos.
Haber aprobado los requisitos académicos, de acuerdo al pensum de estudio de cada Especialidad.


PROCESO PARA CALCULAR EL ÍNDICE ACADÉMICO

El Índice Académico es la valoración cuantitativa del progreso del estudiante y se obtiene multiplicando la calificación dada de cada asignatura por el número de créditos que le corresponden, se suman los productos obtenidos y este resultado se divide entre la suma de los créditos computados.
Ejemplo:
Código Asignatura Crédito Cal. Sumatoria
11015 Matemática 5 5 25
14012 Dibujo I 2 7 14
21012 Inglés I 2 6 12
13013 Química 3 5 15
22012 Lenguaje I 2 7 14
11052 Lógica 2 5 10
26211 Educ. Fis. Base 1 8 8

17 98
Fórmula:


PROCESO PARA CALCULAR EL ÍNDICE DE RENDIMIENTO

El Índice de Rendimiento es la valoración cuantitativa de la eficiencia del estudiante y se obtiene dividiendo el número de asignaturas aprobadas entre el número de asignaturas cursadas; la cuantificación está comprendida en el intervalo (0,00 - 1,00).



PASOS A SEGUIR PARA SOLICITAR ACTA DE RECTIFICACIÓN E INCLUSIÓN
ACTA DE RECTIFICACIÓN:

Es el procedimiento mediante el cual el estudiante que haya inscrito y cursado una asignatura, y la final del semestre le aparezca en su constancia de notas aplazada, deberá acudir al Departamento Académico al cual pertenezca dicha asignatura o con el profesor, con el fin de realizar el acta correspondiente en un lapso de 15 días hábiles, apartir del inicio de semestre (El acta debe elaborarse según la Normativa para la elaboración de Actas de rectificación de Notas).

ACTA DE INCLUSIÓN:

Es el procedimiento mediante el cual el estudiante que haya inscrito y cursado una asignatura, y al final del semestre NO le aparezca en su constancia de notas (ni aplazada ni a aprobada), deberá acudir al Departamento de Admisión y Control de Estudios, a entregar dos (2) copias del reporte de Inscripción donde aparezca inscrita dicha asignatura, para poder autorizar la elaboración del acta correspondiente.


PARALELO Y SOBRECRÉDITO

Normativas:
De acuerdo a lo establecido en Resolución del Consejo Directivo de fecha 20-06-90 acta Nº 90-07 punto Nº 15 lugar Guarenas.
Los estudiantes regulares de ingeniería que hayan aprobado 130 unidades de crédito, podrán solicitar sobrecrédito y paralelo ante el Departamento de Admisión y Control de Estudios si cumple con los siguientes requisitos:
Índice Académico Créditos a Conceder
De 5.70 a 6.00 Hasta 4 (cuatro)
De 6.01 en adelante Hasta 6 (seis)
Las inscripciones de los sobrecréditos y el paralelo se harán dentro del marco señalado en los requisitos anteriores, es decir, la suma de las unidades de crédito inscritas por paralelo y sobrecrédito, no deben superar los límites de 4 (cuatro) ó 6 (seis) de acuerdo al índice académico.
En el caso del paralelo, los estudiantes solo podrán solicitar una (1) asignatura con su respectivo laboratorio si lo tuviese, y será(n) inscrita(s) por el Departamento de Admisión y Control de Estudio, si el estudiante cumple con los requisitos.
De acuerdo a lo establecido en Resolución del Consejo Directivo Nº 2007-16-08 de fecha 03-07-07 acta Nº 16-2007 punto Nº 28 lugar Caracas.
Los estudiantes del penúltimo semestre de la carrera y que se irían de pasantías con la cantidad de créditos a aprobar (30 U.C.) máximo (incluyendo el Sobrecrédito y Paralelo), en los Semestres Regulares, sin excepción no se contablizarán las unidades de créditos a cursar en los Períodos Intensivos, podrán solicitar sobrecrédito y paralelo ante el Departamento de Admisión y Control de Estudio si cumplen con los siguientes requisitos:
Ser alumno regular de la carrera.
No estar en régimen de repitencia en el semestre a inscribir.
Tener Índice Ácadémico igual o superior a 5,70.
Tener aprobadas dependiendo de la carrera que cursa, las siguientes unidades de crédito:
Ingenieria Industrial: 151 U.C.A.
Ingenieria Mecánica: 150 U.C.A.
Ingenieria de Sistemas: 148 U.C.A.
NOTA: El estudiante deberá solicitar y entregar esta planilla durante el período de inscripción del Semestre Regular ante D.A.C.E.; no se estudiará ninguna solicitud que no haya sido consignada por el Departamento de Admisión y Control de Estudio durante el lapso establecido; Debe colocar el número de la sección para inscribirsela en caso de que le sea aprobada la solicitud; La aprobación estará sujeta a la disponibilidad de cupos y el resultado de las solicitudes, ya sea aprobado o negado, será inapelable.
NOTA: NO SE REALIZARÁ EL ESTUDIO A NINGUNA SOLICITUD QUE NO HAYAN SIDO PREVIAMENTE CONSIGNADA EN D.A.C.E.


INGRESO POR EQUIVALENCIA EXTERNA

Dentro de las normas para el Ingreso por Equivalencia, el solicitante debe:
· Consignar todos los requisitos necesarios, indicados en el punto 3, durante las DOS (2) PRIMERAS SEMANAS de haber comenzado un Período Académico Ordinario.
· Las materias cursadas, sometidas al estudio de equivalencias, deben estar aprobadas con una nota igual o superior al 70% de la nota máxima de la escala correspondiente y el contenido programático de la asignatura en estudio, asi como el número de horas académicas debe coincidir, al menos en un 75%, con el contenido programático y horas académicas de la asignatura dictada en la UNEXPO.
· Los requisitos para solicitar equivalencias, siendo estudiantes de una universidad del país, son:
o Título de Bachiller en Ciencias, Técnico Medio Industrial, Industrial o en Procesamiento de Datos.
o Promedio de Notas Bachillerato mínimo 15 puntos.
o Tener un mínimo de 50 unidades de crédito aprobados en la universidad de origen.
o Solicitar por equivalencia un mínimo de 2 matemáticas y una física.
· Los requisitos para solicitar equivalencias, siendo graduando en T.S.U. o Tecnológico, son:
oTítulo de bachiller en Ciencias, Técnico Medio Industrial, Industrial o en Procesamiento de Datos
oTítulo de Técnico Superior Universitario afín a las carreras de la UNEXPO.
· Los resultados de los estudios de las equivalencias serán entregados al solicitante, una vez terminado el proceso de revisión, en un lapso no menor al de un semestre regular.
· Quedan asignado por equivalencia, aquel solicitante que tenga aprobado por la UNEXPO un mínimo de 17 unidades de créditos.

CAMBIO DE ESPECIALIDAD

Dentro de las normas para el Cambio de Especialidad, el estudiante debe:
Solicitar el cambio mediante comunicación escrita dirigida al jede e control de estudios.
Para solicitar el formato el estudiante deberá cancelar Quinientos Bolivares (500,00 Bs.) en la cuenta corriente Nº 01020245160000054878.
El estudiante tendrá las primeras TRECE (13) SEMANAS de haberse iniciado cada Período Académico Ordinario, para realizar dicho proceso.
Haber cursado mínimo dos (2) años en la especialidad anterior.
No encontrarse en Régimen de Repitencia
El Cambio de Especialidad será aprobado para el Período Académico Ordinario siguiente, siempre y cuando cumpla con todas las observaciones anteriores.
Estando en su nueva especialización, es cuando deberá realizar la solicitud de las equivalencias internas en D.A.C.E.
A los fines del Cálculo Índice Académico de los estudiantes que soliciten cambio de especialidad, no se considerarán aquellas asignaturas que no formen parte del record acumulado que permite al estudiante cumplir con los requerimientos para optar el título correspondiente, aún cuando si aparecerán en las constancias de calificación que se expidan.

PROCESO PARA EQUIVALENCIA INTERNA POR CAMBIO DE ESPECIALIDAD

El estudiante deberá realizar la equivalencia interna, en aquellas asignaturas, donde los códigos sean distintos, pero que tengan el contenido programático igual o semejante.
El estudiante debe llenar el formato y entregar el arancel correspondiente de Doscientos Bolivares (200.00 Bs.) por unidad de crédito solicitada a nombre de D.O.B.E. en la Cuenta Corriente Nº 01020245160000054878 del Banco de Venezuela por cada solicitud.
El estudiante no podrá cursar aquellas asignaturas, donde le exija como requisito la materia que solicitó por Equivalencia Interna, hasta que no le sea aprobada dicha solicitud.
El estudiante tendrá las primeras dos semanas DOS (2) SEMANAS de haberse iniciado cada Período Académico Ordinario, para realizar dicho proceso.

REGLAMENTO DE REPITENCIA

El estudiante que curse una (1) asignatura tres (3) veces y sea reprobado; su carga crediticia máxima es de nueve (9) unidades créditos y tiene la obligación de inscribir dicha(s) asignatura(s) en el Período Académico Inmediato.
De ser reprobado por cuarta (4) vez en algunas de las asignaturas afectadas, tiene derecho a inscribir en el Período Académico próximo a cursar, una sola asignatura la cual debe ser alguna de las reprobadas por cuarta (4) vez.
De ser reprobado por quinta (5) vez en la asignatura, no podrá insribirse en la Universidad hasta haber permanecido fuera de esta durante un Período Académico.
Una vez cumplido con lo estabecido en el punto anterior (punto tres) el estudiante podrá regresar a la Universidad para cursar, únicamente la asignatura reprobada por quinta (5) vez, siempre y cuando solicite la planilla de Reincorporación y/o Reingreso el Período Académico Oridinario anterior. De no aprobarla en esta nueva oportunidad, en adelante, el estudiante tendrá otras oportunidades cada vez que sea aplazado en dicha asignatura, pero debe pertenecer cada vez fuera de la Universidad, un número sucesivo de Períodos Académicos. Este número se determina de la siguiente manera:
Z= N-4
Z= Número sucesivo de Períodos Académicos que el estudiante debe permanecer fuera de la Universidad.
N= Número de veces que el estudiante ha sido aplazado en la asignatura.
4= Sustraendo constanteEl estudiante que apruebe la asignatura afectada, podrá integrarse a la Universidad como estudiante regular, sino tiene pendiente otra asignatura con problema de Repitencia.

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