miércoles, 3 de diciembre de 2008

SERVICIOS ESTUDIANTILES

REGLAMENTO GENERAL DE UNEXPO:
TITULO V
DE LOS SERVICIOS ESTUDIANTILES


ARTICULO 93
. Los servicios estudiantiles constituyen el conjunto de actividades que se realizan en la Universidad para asistir a los estudiantes, individual y colectivamente, con los fines de procurar su bienestar, lograr el mejor aprovechamiento de las oportunidades educacionales y promover el desarrollo integral de su personalidad.

ARTICULO 94.
Los servicios estudiantiles atenderán las funciones siguientes: Información Educativa, Ocupacional y Social, Orientación Académica y Profesional, Asistencia Económica, promoción de la Salud, recreación y buen uso del tiempo libre.
ARTICULO 95. La organización y funcionamiento de los servicios estudiantiles se regirán por un reglamento especial elaborado por el Consejo Universitario.


1. COMEDOR: Este es un servicio supervisado por la Unidad de Bienestar estudiantil, en el Núcleo Guarenas, mediante este servicio se sirven 250 desayunos y 700 almuerzos.
2. TRANSPORTE: La institución cuenta con tres unidades de transporte para cubrir las rutas Guatire – Los Naranjos – Samán – Terrazas.
3. SERVICIO MÉDICO; El Núcleo dispone de un consultorio médico para realizar la atención primaria al estudiante. Este servicio se complementa con los beneficios que presta FAMES.


RESEÑA HISTORICA

La Fundación para el Servicio de Asistencia Médico Asistencial para los Estudiantes de Educación Superior (FAMES), fue creada por el Ejecutivo Nacional a través del Decreto No. 531, de fecha 06 de octubre de 1989, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 34.323, de fecha 10 de octubre de 1989, e inscrita su Acta Constitutiva Estatutos en la Oficina Subalterna del Tercer Circuito de Registro del Municipio del Distrito Capital, el 15 de diciembre de 1989, bajo el No. 29, Folio 177, protocolo 1, tomo 32. La Fundación tiene personalidad jurídica y patrimonio propio.
La Creación de esta institución estuvo fundamentada en la inexistencia de un ente gubernamental que velara por el bienestar de los estudiantes del Sector Público. Desde entonces contamos diecinueve (19) años realizando esta labor social, y cada día nos sentimos más comprometidos en continuar trabajando por el bienestar de nuestros estudiantes, quienes son el futuro de nuestro país.


RECAUDOS BÁSICOS QUE DEBERÁ CONSIGNAR EL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO ANTE LA COMISIÓN DE SALUD PARA HACER USO DEL PLAN ASISTENCIAL:

1. Una (1) carpeta manila tamaño oficio con gancho en la parte superior.2. Una (1) fotocopia ampliada de la Cédula de Identidad del bachiller.3. Una (1) foto reciente del bachiller tipo carnet.
4. Constancia de estudios, original, (firmada y con sello húmedo por el Departamento de Control de Estudios) y obligatoriamente vigente a la fecha de la solicitud.5. Informe médico amplio, detallado y legible.
6. Resultados de estudios médicos, diagnósticos, exploraciones y exámenes de laboratorio vigentes (no mayor a 6 meses de realizado).
7. Un (1) presupuesto vigente preferiblemente de un Centro de Salud Convenio, que detalle todos los gastos probables.

EMERGENCIASSon aquellos que requieren atención médica y/o quirúrgica inmediata para preservar la vida del estudiante o la integridad de sus órganos.Al momento del ingreso del beneficiario el Centro de Salud Convenio o no Convenio, deberá enviar a FAMES, vía fax, los siguientes recaudos:1. Copia de la Cédula de Identidad legible y ampliada.2. Constancia de Inscripción, carnet vigente o constancia de Estudios firmada y sellada por el Departamento de Control de Estudios (copia legible), del trimestre, semestre o año correspondiente a la fecha de la atención.3. Informe médico amplio, detallado y legible que indique las posibles causas y evolución de la enfermedad, que justifique su intervención o tratamiento a realizar.4. Resultados de estudios médicos, diagnósticos, exploraciones y exámenes de laboratorio.5. Presupuesto estimado.
6. En caso de accidentes o heridas de armas de fuego, el acompañante deberá elaborar un oficio narrativo de los hechos.

REEMBOLSOSon aquellos casos cuya atención ha sido cancelada por el estudiante o el grupo familiar.Su trámite debe ser realizado dentro de los primeros veinte (20) dias a la fecha de egreso del Centro de Salud y la Comisión de Salud enviará a FAMES el expediente para su análisis, con los siguientes recaudos:
1. Recaudos básicos (Ver Opción Recaudos Basicos)
2. Oficio de exposición de motivos del bachiller solicitando el reembolso.3. Recibo de Caja del Centro de Salud en caso de ingreso por emergencia4. Informe elaborado por las autoridades competentes (en caso de accidente o por herida de arma).
5. Un Número de Cuenta a nombre del Bachiller, compuesto por veinte (20) dígitos.
NORMAS ESPECÍFICAS PARA REEMBOLSOS:
1. Los Casos de Reembolso por Maternidad proceden solo si la bachiller ha formalizado su solicitud ante FAMES y ha recibido su correspondiente Carta Aval.2. Sólo se cancelará un (1) Reembolso al bachiller por cada 365 días.3. Los Reembolsos no se cancelarán en un 100%, sólo los montos establecidos en el BAREMO.
4. Los reembolsos proceden sólo cuando el Centro de Salud Convenio no realice tratamiento requerido por el bachiller o cuando en la región no existan Centros de Salud Convenio.
5. En caso de fallecimiento del bachiller durante su hospitalización en un Centro de Salud no Convenio, FAMES se comprometerá a pagar los gastos clínicos siempre y cuando sea consignada la copia de Acta de Defunción.
6. En caso de atención médica en hospital público, se cancelará el 100% de los gastos médicos incurridos durante la hospitalización.
7. Para el trámite del reembolso, no se tomará en cuenta los períodos vacacionales, el lapso a considerar para dicha tramitación será la fecha inmediata al inicio de las actividades de la Comisión de Salud, previa presentación de oficio explicativo por parte del bachiller.

4. ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES
5. BIBLIOTECA
6. SALAS DE TECNOLOGÍA

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